Acción Ejecutiva sobre Inmigración
Credit: USCIS
Esta nueva acción ejecutiva ayudara a miles de familias en California.
Somos abogados de inmigración ubicados en San José, San Francisco y Pasadena, California. Nuestros abogados hablan español y quedan a sus órdenes.
Ayer, el 20 de noviembre de 2014, el presidente anuncio una serie de acciones ejecutivas para reprimir la inmigración en la frontera, priorizar la deportación de los criminales y no a las familias, y requerir que ciertos inmigrantes indocumentados pasen una verificación de antecedentes penales, y paguen impuestos para quedarse temporalmente en los E.E.U.U. sin miedo de deportación.
En este blog voy a explicar las iniciativas de las cuales el presidente hablo anoche.
- Programa de Acción Diferida para los Llegados en la infancia (DACA)
¿Quién es elegible?
- Las personas que tienen DACA actualmente y están interesados en renovarla y las personas que quieren solicitar por primera vez.
- También incluye aquellas personas que nacieron antes del 15 de junio de 1981, y que cumplen los demás requisitos de DACA.
¿Qué hará la iniciativa?
- Esta iniciativa permite que las personas que nacieron antes del 15 de junio de 1981, soliciten DACA (eliminando la restricción de edad máxima), siempre y cuando cumplan con todos los demás requisitos.
- Requiere residencia continua en los E.E.U.U. desde el primero de enero de 2010, diferente del requisito anterior que era el 15 de junio de 2007.
- Esta iniciativa también expandiría la acción diferida y autorización de empleo a tres años en vez de 2 añ
¿Cuándo puede a comenzar a presentar la petición?
- Aproximadamente 90 días a partir del anuncio del presidente el 20 de noviembre de 2014.
¿Cómo hacer la petición?
- Háblenos a nuestras oficinas ubicadas en San José, San Francisco y Pasadena para una consulta con uno de nuestros abogados.
- Acción Diferida para padres de ciudadanos estadounidenses y de residentes permanentes legales (“Deferred Action for Parental Accountability”)
¿Quién es elegible?
- Las personas sin documentación legal que viven en los E.E.U.U que tienen hijos ciudadanos de los E.E.U.U o residentes permanentes legales y que cumple con todos los criterios enumerados a continuación.
¿Qué hará la iniciativa?
- Esta iniciativa permitirá que los padres soliciten acción diferida y autorización de empleo si:
- Han vivido continuamente en los E.E.U.U. desde el 1 de enero del 2010.
- Son padres de un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal que nació en o antes del 20 de noviembre de 2014; y
- No son una prioridad de control migratorio a los efectos de la remoción de los E.E.U.U, según dispuesto en el http://www.uscis.gov/sites/default/files/USCIS/Laws/Memoranda/2013/2013-1115_Parole_in_Place_Memo_.pdf
- Avisos: Las prioridades de control migratorio incluyen (pero no están limitadas a) amenazas a la seguridad nacional y seguridad pública.
¿Cuándo puede a comenzar a presentar la petición?
- Aproximadamente de 180 días a partir del anuncio del Presidente el 20 de noviembre del 2014.
¿Cómo hacer la petición?
- El USCIS no ha dado a conocer ningún tipo de aplicación en este momento. Nuestras oficinas estarán al tanto con cualquier forma que publique el USCIS. Háblenos a nuestras oficinas ubicadas en San José, San Francisco o Pasadena.
- Extensiones Provisionales por Presencia ilegal
¿Quién es elegible?
- Personas sin documentación legal que han resido en los E.E.U.U. durante al menos 180 días y que son:
- Hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses;
- Cónyuge, hijos o hijas de residentes permanentes legales.
¿Qué hará la iniciativa?
- Esta iniciativa extendería el programa provisional por Presencia ilegal que fue anunciado en el año 2013 y permite que los cónyuges, hijo o hijas de ciudadano estadounidenses o de los cónyuges, hijo o hijas de residentes permanentes legales. Habrán ocasiones en las que el familiar que califique no sea el peticionario.
Avisos: En este momento, solo les permite a los cónyuges e hijos(as) menores de edad de ciudadanos estadounidenses obtener una extensión provisional si una vida está disponible. Para más información, consulte con nuestros abogados en San José, San Francisco, y Pasadena.
¿Cuándo puede a comenzar a presentar la petición?
- Cuando el USCIS emita las nuevas reglamentaciones nuestras oficinas estarán listas para servirles.
¿Cómo hacer la petición?
- Háblenos a nuestras oficinas en San José, San Francisco y Pasadena.
Si tienen preguntas por favor llamen a nuestros abogados de inmigración al 408-293-2026 o mándenos un correo electrónico a gjack@mj-law.com Tenemos oficinas en Pasadena, San José y San Francisco California.