Los Perdones I-601A’s: ¿Qué es la dificultad extrema?
Los perdones I-601A’s afectan a los inmigrantes quien, por causa de estar en los EE.UU. más que 180 días sin permiso legal, normalmente tienen que salir de los EE.UU. por tres o diez años para arreglar su estatus migratorio. El perdón I-601A les dan una manera que el inmigrante puede quedarse en los EE.UU. con su familia mientras que obtenga la residencia legal.
Para prevalecer en una solicitud de perdón I-601A, el solicitante tiene que mostrar que si él / ella se vio obligada a regresar a su país de origen y si su familia directa (esposo, padres, hijos) iban a moverse con el inmigrante a su país de origen, que su familia directa estadounidense sufriría “dificultad extrema.El término “dificultad extrema” no está definido específicamente en la Ley de Inmigración y Nacionalidad, y se interpreta con un grado significativo de subjetividad. Sin embargo, la jurisprudencia y las experiencias pasadas de los clientes nos ha dado una buena idea de cuáles son los factores que el USCIS considera al decidir si existe una “dificultad extrema.” Estos factores incluyen:
-Problemas médicos de los familiares directos estadounidenses (e.g. se necesita el inmigrante en los EE.UU. para cuidar a su esposo ciudadano estadounidense quien tiene diabetes)
-Problemas de salud mental de los familiares directos estadounidenses (e.g. se necesita el inmigrante en los EE.UU. para cuidar a su esposo ciudadano estadounidense quien sufre de depresión y ansiedad)
-Problemas educacionales de los hijos ciudadanos estadounidenses (e.g. el hijo ciudadano estadounidense está en clases de educación especial y sufriría si se mueve a otro país)
-Los lazos familiares en los EE.UU. (e.g. la gran mayoría de la familia del inmigrante están legalmente en los EE.UU.)
-Las preocupaciones económicas (e.g. la familia no sería capaz de mantenerse a sí mismos en el país de origen del inmigrante; e.g. el esposo ciudadano de los EE.UU. no sería capaz de soportar si misma en los EE.UU. sin la esposa inmigrante)
-Duración del presencia en los EE.UU.
-Asistencia especial / contribución a la comunidad EE.UU.
Aunque “dificultad extrema” no está definido específicamente por la ley, el USCIS y la jurisprudencia ha dejado claro que la separación familiar y las dificultades financieras por sí solos son insuficientes para establecer la dificultad extrema. Sin embargo esos argumentos se incluyen con frecuencia porque los perdones I-601A son evaluados sobre la base de todos los factores pertinentes tomados en conjunto